Cuotas de contenido reciclado del PPWR: ¿cuánto a partir de 2030?

Como pronto a partir del 01.01.2030, los envases de plástico deben contener un porcentaje mínimo de contenido reciclado procedente de residuos posconsumo: 35 % en la mayoría de los envases, 10 % en los envases sensibles al contacto de plásticos distintos del PET (por ejemplo, bolsas de PE para alimentos), 30 % en los envases sensibles al contacto de PET y en las botellas de bebidas de un solo uso. A partir del 01.01.2040 se aplican 65 % (otros envases y botellas de bebidas de un solo uso), 25 % (sensibles al contacto, no PET) y 50 % (sensibles al contacto, PET) (art. 7 del PPWR).

Situación: 17.10.2026 · Revisado por: Redacción de Elke Plastic GmbH · Información sin garantía, no constituye asesoramiento jurídico.

Las cuotas de un vistazo

Porcentaje mínimo de contenido reciclado procedente de residuos plásticos posconsumo, art. 7, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2025/40
Tipo de envaseA partir de 2030A partir de 2040
Envases sensibles al contacto con PET como componente principal (sin botellas de bebidas de un solo uso)30 %50 %
Envases sensibles al contacto de plásticos distintos del PET (sin botellas de bebidas de un solo uso)10 %25 %
Botellas de plástico para bebidas de un solo uso30 %65 %
Otros envases de plástico35 %65 %

Los valores se aplican a cada parte de plástico de un envase comercializado, por tipo y formato de envase (anexo II, cuadro 1), calculados como media por centro de producción y año. Afectan a los fabricantes y a los importadores, no a los compradores individuales.

¿Desde cuándo se aplica la cuota?

La primera fase se aplica a partir del 01.01.2030 o tres años después de la entrada en vigor del acto de ejecución sobre el método de cálculo, lo que ocurra más tarde (art. 7, apartado 1). La Comisión debe fijar el método a más tardar el 31.12.2026 (art. 7, apartado 8). La segunda fase se aplica a partir del 01.01.2040 (art. 7, apartado 2).

Plazos del contenido reciclado según el art. 7 del PPWR
FechaQué
como pronto 01.01.2030Primeros porcentajes mínimos de contenido reciclado
01.01.2040Porcentajes mínimos más altos

Calendario completo: Calendario del PPWR de 2026 a 2040.

Qué es el contenido reciclado

El material reciclado es plástico reprocesado a partir de residuos. Para la cuota solo cuenta el contenido reciclado procedente de residuos plásticos posconsumo (post-consumer) que cumpla los requisitos de recogida y reciclado del art. 7, apartado 3. Se consideran sensibles al contacto los envases de productos incluidos en determinados actos sobre sustancias, entre ellos el Reglamento (CE) n.º 1935/2004 sobre materiales en contacto con alimentos (art. 3). Los términos técnicos los encuentras en el Glosario.

Cuándo no se aplica la cuota

El art. 7 excluye, entre otros:

  • los envases de plástico compostables
  • las partes de plástico que representan menos del 5 % del peso total de la unidad de envase
  • los envases de plástico sensibles al contacto para alimentos, cuando el contenido reciclado suponga un peligro para la salud humana y, por ello, el producto envasado infrinja el Reglamento (CE) n.º 1935/2004
  • los envases para el transporte de mercancías peligrosas y determinados envases para medicamentos, productos sanitarios y alimentos infantiles

La lista completa figura en el art. 7, apartados 4 y 5.

Qué significa esto para las bolsas

Una bolsa de PE sin contacto con alimentos suele entrar en «otros envases de plástico» (35 %). Una bolsa de PE para alimentos es sensible al contacto y entra en el 10 % o, a partir de 2040, el 25 %. La clasificación la realiza el fabricante. La justificación la aportan los productores o los importadores en la documentación técnica (art. 7, apartado 6). Como distribuidor, pregunta el contenido reciclado al fabricante. Más sobre la bolsa: ¿Son las bolsas de PE conformes con el PPWR?

Las contribuciones de los productores a la responsabilidad ampliada del productor pueden modularse según el contenido reciclado (art. 7, apartado 7). Por tanto, un porcentaje mayor puede reducir costes.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la cuota de contenido reciclado para los envases de plástico en 2030?

Como pronto a partir del 01.01.2030: 35 % en otros envases de plástico, 10 % en envases sensibles al contacto de plásticos distintos del PET, 30 % en envases sensibles al contacto de PET y en botellas de bebidas de un solo uso (art. 7, apartado 1).

¿Debe contener material reciclado toda bolsa de PE?

La cuota se aplica como media por tipo y formato de envase, centro de producción y año (art. 7, apartado 1), no como requisito para cada bolsa individual. Hay excepciones, entre otras, para las partes de plástico de menos del 5 % del peso total.

¿Se aplica la cuota también en caso de contacto con alimentos?

Sí, con valores más bajos: 10 % a partir de 2030 y 25 % a partir de 2040 para los envases sensibles al contacto de plásticos distintos del PET. No se aplica si el contenido reciclado supone un peligro para la salud y infringe el Reglamento (CE) n.º 1935/2004 (art. 7, apartado 5).

¿Quién debe acreditar el contenido reciclado?

Los productores o los importadores acreditan el cumplimiento en la documentación técnica (art. 7, apartado 6). La Comisión fija el método de cálculo y verificación en un acto de ejecución.

¿Dónde figura esto en el Reglamento?

En el art. 7 del Reglamento (UE) 2025/40 (contenido reciclado mínimo en los envases de plástico).

Fundamentos jurídicos y autoridades